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Descripción archivística
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Actas de Sesiones del Ayuntamiento
ES. 31018. AM FAA-01-01-01-01 · Serie · 1971-1978
Parte de Fondo del Ayuntamiento de Añorbe

Hasta la promulgación de la Ley Paccionada de 1841, en Navarra la administración local se regía por las leyes de las Cortes de Navarra, y las disposiciones de la Diputación del Reino de Navarra. Por lo que respecta a la administración local, en los arts. 5 al 7 de la citada Ley Paccionada se establecía: los Ayuntamientos se elegirán y organizarán por las reglas generales que rigen o se adopten en lo sucesivo para toda la Nación; las atribuciones de los Ayuntamientos, relativas a la administración económica interior de los fondos, derechos y propiedades de los pueblos, se ejercerán bajo la dependencia de la Diputación provincial, con arreglo a su legislación especial; en todas las demás atribuciones los Ayuntamientos estarán sujetos a la ley general.
La administración de los bienes del ayuntamiento de Navarra venían contando con las denominadas juntas de oncena, de quincena y de veintena, establecidas con carácter general para todos los pueblos de Navarra por la Ley LX de las Cortes de 1817: las juntas de veintena para los pueblos de más de 100 vecinos, las de quincena para los de más de 80 vecinos, y los de oncena para los de más de 50 vecinos; estas juntas debían aprobar la aprobación los actos de disposición de bienes de los Ayuntamientos y los presupuestos anuales.
Tras la promulgación para todo el reino de la Ley de 14 de julio de 1840, Organización y atribuciones de los Ayuntamientos, mandada publicar con algunas modificaciones el 30 de diciembre de 1843, los ayuntamientos se ajustaron a la ley general, pero mantuvieron las juntas de oncena, quincena y veintena, para las cuestiones relacionadas con la administración económica, cuestión que el art. 7 de la Ley Paccionada remitía a la legislación especial de Navarra. Estas juntas, tal como fijó la Diputación por circular de 5 de abril de 1848, estaban formadas por el Ayuntamiento actual, los concejales salientes de la última renovación y los mayores contribuyentes en el número necesario para completar la junta sacados por sorteo entre triple número de los de su clase. Fuente: wikipedia.

Ayuntamiento de Añorbe
Administración
ES. 31183. AM FAO-02 · Primera División de Fondo · 1546-2023
Parte de Fondo del Ayuntamiento de Obanos

Reúne la documentación generada por el Ayuntamiento de Obanos en el ejercicio de las funciones administrativas generales vinculadas a la gestión del patrimonio municipal, la administración de personal y las relaciones administrativas con la Administración del Estado, especialmente en materia electoral.

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